La seguridad social es un derecho humano y social fundamental, garantizado por el Estado a todos los venezolanos residentes en el territorio de la República y a los extranjeros residenciados legalmente, independientemente de su condición social, actividad laboral, medio de desenvolvimiento, salarios e ingresos, conforme a los términos establecidos en la Constitución de la República y en las diferentes leyes, tratados y pactos, suscritos y ratificados.
El Sistema de Seguridad Social, es el conjunto integrado de sistemas y regímenes prestacionales, complementarios entre sí e interdependientes, destinados a atender las contingencias objeto de la protección de dicho sistema. Se entiende por Sistema Prestacional el componente que agrupa a uno o más regímenes prestacionales y por Régimen Prestacional el conjunto de normas que regulan las prestaciones con las cuales se atenderán las contingencias, carácter, cuantía, duración y requisitos de acceso; las instituciones que las otorgarán y gestionarán; así como el financiamiento y funcionamiento.
Por lo tanto se podría considerar al sistema de Seguridad Social, como un sistema de seguros perteneciente al Estado que proporciona recursos financieros y servicios médicos a las personas impedidas por enfermedad o por accidente y que está integrado por los siguientes sistemas prestacionales:
- Salud, es un sistema que garantiza el derecho a la salud como parte del derecho a la vida y que atenderá tanto a los afiliados cotizantes, como a los que no los son sin discriminación alguna.
- Previsión Social, se refiere a las obligaciones de las instituciones en cuanto a los empleados, obreros y demás trabajadores. Así como el apoyo a las personas desempleadas y su inserción al ámbito laboral.
- Vivienda y Hábitat, es un sistema que garantiza el derecho a las personas dentro del territorio nacional a acceder a las políticas, planes, programas, proyectos y acciones que el Estado desarrolle en materia de vivienda y hábitat, dando prioridad a las familias de escasos recursos.
En cuanto al financiamiento, la Ley Orgánica del Sistema de seguridad Social, hace mención a tres (3) fuentes principales, como lo son:
- Fuentes de Ingreso, las cuales son obtenidas a través de las cotizaciones de los afiliados, los aportes fiscales del Estado a la seguridad social; los remanentes netos de capital destinados a la salud y a la seguridad social; las cantidades recaudadas por sanciones, multas y otras de naturaleza análoga; los intereses, rentas, derechos y cualquier otro producto proveniente de su patrimonio e inversiones.
- Fondos, es una fuente en el cual el ingreso será directamente para cada régimen prestacional; estos carecen de personalidad jurídica y por lo tanto, no disponen de estructuras organizacionales burocráticas.
- Inversiones, la Ley no precisa la manera en que deben invertirse los recursos acumulados en los fondos; así como tampoco donde se deben invertir, ni los criterios a seguirse para dicha inversión.
Es por ello, que la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social, es de suma importancia dentro del territorio venezolano, ya que es a partir de ella en la que se hace efectivo el derecho a la seguridad social por parte de las personas sujetas a su ámbito de aplicación, como servicio público de carácter no lucrativo. Por lo tanto, garantizará a las personas la protección adecuada frente a las contingencias, promoviendo el mejoramiento de la calidad de vida y el bienestar, como elemento fundamental de política social.
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